Con el Acto Legislativo 04 de 2007 fue reformado el Sistema General de Participaciones y mediante el decreto 28 de 2008 se estableció una estrategia de monitoreo, seguimiento y control integral al gasto que ejecutan las entidades territoriales con dichos recursos, con el firme propósito de fortalecer los instrumentos que permitan el cumplimiento de metas en educación y salud, e incrementos en la cobertura de agua potable y saneamiento básico.
En caso de presentarse situaciones extremas relacionada con el mal manejo de los recursos transferidos a través del SGP se podrá acudir a la aplicación de medidas correctivas, tales como suspensión de giros; giro de recursos a través de fiducias públicas; asunción temporal de competencias; y hasta suspensión de procesos contractuales por parte de la Procuraduría General de la Nación.
En ese contexto, y en cumplimiento de los mandatos que contienen el acto legislativo y el decreto, el gobierno nacional llevó a cabo una evaluación objetiva en el año 2007 en el departamento de La Guajira.
En tal sentido identificó eventos de riesgo, además de que no se habían cumplido los planes de desempeño suscritos en años anteriores, y concluyó en la necesidad de adoptar la medida correctiva de asunción temporal de competencias a la educación, alimentación escolar, salud y agua potable por tres años durante el período 2017-2020 la cual fue sugerida a través del documento CONPES 3883 de 2017.
Para llevar a cabo la medida adoptada fueron asignados $28.647 millones para financiar los gastos de funcionamiento relacionados con gastos de personal, alojamiento, gastos de viaje y desplazamiento, seguros, fiducias, gastos de papelería, arriendos, vehículos y equipos.
¡Solo en gastos de funcionamiento!
En tal sentido fueron asignados $5.682 millones para el sector salud, al sector de educación le asignaron $11.616 millones, al Plan de Alimentación Escolar le asignaron $3.061 millones, y para agua potable y saneamiento básico fueron asignados en $8.108 millones.
Pero fueron muy pocos los avances alcanzados como consecuencia de la intervención, cuyo plazo venció el 20 de febrero de 2020, y se concluyó que persisten riesgos y rezagos que justifican la extensión de la asunción temporal por dos años adicionales, la cual fue adoptada mediante el documento CONPES 3984 de 2020.
¿Entonces de qué sirvió la administración temporal a la educación, alimentación escolar, salud y agua potable en La Guajira?
¿Qué han logrado?
¿Qué han hecho distinto, y en qué ha progresado La Guajira desde el año 2017 cuando se ordenó la administración hasta hoy?
Las preguntas no pretenden poner en duda las razones que hubo en su momento para que se tomara la decisión de dichas intervenciones.
La evidencia empírica de la calidad de la función pública en la gobernación del departamento de La Guajira no permite generar confianza: más de diez gobernadores elegidos han terminado con problemas judiciales: suspendidos, destituidos, encarcelados, condenados, en fin.
En el sector salud no se cumplió con 19 de las 27 condiciones establecidas, el porcentaje de cumplimiento de condiciones del sector de educación no es superior al 60 %, en alimentación escolar persiste un bajo porcentaje de cumplimiento, el sector de agua potable y saneamiento básico no alcanzó el cumplimiento del 80 % de la ejecución del Plan General Estratégico de Inversiones 2017-2019.
¡Es decir, la ineficiencia y los ladrones siguen al acecho para aprovecharse del menor descuido y seguir dando los zarpazos a los recursos públicos!
¿Pero insisto, entonces de qué sirvió la intervención temporal? ¿Qué ha cambiado hasta hoy? ¿Será que cambiaron un ladrón por otro ladrón? ¿Y si todo sigue igual entonces qué sentido tiene la intervención temporal?
La extensión de la medida por el periodo 2020-2022 se estima en $22.827 millones, es decir, la intervención temporal 2017-2022 en La Guajira terminará costando $51.474 millones.
¿Pero a cambio de qué, si todo sigue igual?
Un componente fundamental de la estrategia de monitoreo y seguimiento es el control social y participación ciudadana, a través de la presentación de metas de continuidad, cobertura y calidad en la prestación de los servicios, rendición de cuentas, y acceso público a los informes y resultados del proceso.
“…los veedores ciudadanos, vocales de control o cualquier ciudadano podrán acceder a la revisión de los contratos y ejecuciones presupuestales donde se inviertan recursos públicos”
Como dijo el filósofo de La Junta “se las dejo ahí”. @LcolmenaresR
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